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La Convención de las Naciones Unidas (NNUU) sobre el Nuevo Derecho del Mar considerando que todos los problemas del espacio del océano están correlacionados y necesitan ser tratados detalladamente y en su totalidad, entró en vigor el 16 de Noviembre de 1994, y hasta el 31 de Mayo del 2007, 155 países de los 192 estados miembros de las NNUU la han ratificado o se han adherido a ella. Este Tratado Internacional coloca un régimen comprensivo de la ley y del orden en los océanos y los mares del mundo, estableciendo las reglas que gobiernan todas las aplicaciones de los mismos y de sus recursos, además recoge a manera de codificación la evolución histórica del Derecho del Mar.

Con su firma el 10 de diciembre de 1982 en la bahía de Montego, Jamaica, se marcó el fin de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas acerca del Derecho del Mar, la cual tuvo vigencia entre 1973 – 1982, y se incorporaron nuevos elementos al reconocer la soberanía y jurisdicción de los Estados sobre diferentes espacios marítimos: mar territorial de 12 millas, zona contigua entre 12 y 24 millas, zona económica exclusiva hasta las 200 millas, plataforma continental reconocida hasta 350 millas, y la zona de los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo, así como sus recursos.

La Convención es por lo tanto una Constitución para los Océanos, que aplica el principio de cooperación internacional en materia de elaboración de tratados, agrupa normas legales y consuetudinarias referentes al Derecho del Mar, regula los usos pacíficos de mares y océanos, establece los límites de jurisdicción nacional sobre los espacios marítimos, y contiene instrumentos constitutivos de importantes organizaciones internacionales como: Tribunal Internacional sobre el Derecho del Mar, la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos y la Comisión de Límites de la plataforma Continental. Su texto completo abarca 320 artículos y nueve anexos, gobernando todos los aspectos del espacio del océano, tales como delimitación, control del medio ambiente, investigación científica marina, las actividades económicas y comerciales, transferencia de la tecnología y el establecimiento de conflictos referente a materias del océano.

Es bajo este contexto y reconociendo la importancia que tiene para los intereses nacionales ser parte de esta Convención, que en la presidencia del Dr. Gustavo Noboa Bejarano mediante el Oficio Nro. T.1622-DAJ-2002-6468 del 8 de noviembre del 2002 se solicita someter a dictamen del Pleno del Tribunal Constitucional la adhesión a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, conforme dispone el artículo 162, segundo inciso de la Constitución Política de la República, determinándose mediante la Resolución Nro. 006-2002-CI se inicien los trámites de adhesión del Ecuador a la misma. Con el propósito de propiciar la adhesión del Ecuador a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), e iniciar los estudios para el máximo aprovechamiento de sus disposiciones, promover su difusión y asesorar a las instancias respectivas de las Funciones Ejecutiva y Legislativa, sobre las ventajas de la adopción de la misma por parte del país se creó la Comisión Nacional sobre el Derecho del Mar, mediante Decreto Ejecutivo No. 2890 del 19 de julio del 2002 y publicado en el Registro Oficial No. 628 del 29 de julio del 2002.